Apartamento en primera linea de playa. Completamente equipado y amueblado. Zona residencial tranquila con supermercados y restaurantes cerca. Ideal familias. Dos dormitorios, dos baños, cocina independiente, terraza amueblada.
El inquilino firmará a su llegada a la propiedad un contrato de alquiler de vivienda no habitual por el periodo de la estancia, en el que se reflejará las mismas fechas, nombre e importe que figura en la reserva que realiza el huésped con VRBO. El modelo de ese contrato se facilitará a la vez que el formulario de registro de datos que requieren las autoridades españolas, para así poder ser revisado por el huésped con antelación a la fecha de llegada.
Para estancias iguales o inferiores a 10 días será considerada Vivienda turística - Contrato de turismo (Conforme Dec. Ley 9/2024, 2 de agosto y Ley 15/2018, 7 de junio. Del Consell GVA)
Para estancias superiores a 10 días será considerado alquiler de temporada - Contrato de temporada (Conforme Ley 29/1994, de 24 de noviembre, LAU, Art.3 y Real Dec. 1312/2024, 23 de diciembre)