El atractivo turístico del municipio de Anapoima es su clima cálido y agradable para descansar. Uno de los clubes más visitados por nacionales y turistas es Mesa de Yeguas Country Club. Un lugar perfecto para rodearse de naturaleza y respirar aire nuevo.
Esta villa es una excelente casa para pasar unos días de descanso alejado del ruido de la ciudad y del tráfico. Esta propiedad le ofrecerá todo el confort y la calma que necesita para una armoniosa estadía. Aquí podrá compartir con sus familiares y amigos, preparar una barbacoa y disfrutar de la piscina, en un clima de 26º C.
La casa está distribuida en dos niveles, en el primero encontrará las áreas sociales como la piscina, con vista a la naturaleza, BBQ, sala, comedor y cocina con puertas en bambú, que le dan un toque tropical a la propiedad. Tiene 3 habitaciones, todas con baño privado.
En el segundo nivel encontrará la master suite, con baño privado y walk-ing closet. Capacidad máxima para 16 huéspedes. Cuenta con 3 parqueaderos.
LOS COSTOS DE SERVICIOS DE EMPLEADOS NO ESTÁN INCLUIDOS Y SE DEBEN PAGAR POR SEPARADO
Empleadas: 80.000 COP por día para cada 6 huéspedes. Las empleadas cocinan, mantienen la casa siempre limpia y organizada y hacen servicio de mucama. El horario de servicio es de las 7:00 a las 16:00.
Exención de iva para extranjeros:
-El decreto establece la exención del Impuesto sobre las Ventas (IVA) para los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano. La exención se aplica a los servicios turísticos originados en paquetes vendidos por agencias operadoras u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo, y también se aplica a los servicios hoteleros vendidos por los hoteles a las agencias operadoras siempre y cuando el beneficiario de los servicios prestados en el territorio nacional sea un residente en el exterior.
- El extranjero residente en el exterior deberá acreditar su condición mediante la presentación del pasaporte original; la tarjeta Andina o la tarjeta de Mercosur comprobando su estatus migratorio con el sello vigente de Permiso de Ingreso y Permanencia PIP-3, o PIP-5, o PIP-6, o PIP-10; o la Visa Temporal vigente TP-7, o TP-11, o TP-12;