Situado en el casco antiguo de la ciudad. En pleno centro. Rodeado de comercios, restaurantes y centros de ocio, jardines, y demás elementos emblemáticos de la ciudad.
LA CATEDRAL, LA BASILICA DE LA VIRGEN, LA PLAZA REDONDA, EL MICALET, LA LONJA DE LA SEDA, O EL MERCADO CENTRAL Y LAS TORRES DE SERRANO, serán algunos de los monumentos que podrán visitar andando. A tan solo 10 min en bici de la playa , y con metro y autobús cercano. La vivienda dispone de ascensor así como de una cuna plegable para bebes, por si fuese necesaria EL APARTAMENTO DISPONE DE PARKING PRIVADO PROPIO OPCIONAL BAJO PETICION POR 10 EUROS DIA .
.El arrendamiento para uso distinto de vivienda, por temporada de esta propiedad está regulado por el Código Civil, y la Ley de Arrendamientos Urbanos, en lo no previsto, siendo la renta y la duración la voluntad de las partes, siendo el arrendador el titular de la propiedad, y el arrendatario el huésped que contrata a través de éste canal, en los precios de renta, plazo y fianza, y numero de personas que no superará 4 en ningún caso, estipulados en la reserva.
El inventario es el que aquí se describe, comprometiéndose el inquilino a respetar las normas pactadas de convivencia y buena vecindad, y a devolver el inmueble y sus enseres y pertenencias en las condiciones que las recibió, reponiendo lo deteriorado por su mal uso y no por desgaste u obsolescencia.
Esta totalmente prohibido la cesión o subarriendo de todo o parte del apartamento, ni el de alojar mas personas de las personas estipuladas en la reserva de esta página, especificándose en el contrato de arrendamiento de temporada y para uso distinto del de vivienda el número de personas, que disfrutaran de la misma, incluidos niños.
La constatación por parte del propietario de otro uso distinto al pactado ó de la utilización por mas personas de las que marca la reserva, supondrá la rescisión del contrato sin devolución de la renta pactada.
Se respetarán los horarios de descanso que marquen las ordenanzas municipales y los usos y costumbres del vecindario en general y de la comunidad de vecinos en particular.
Queda expresamente prohibido la celebración de eventos, fiestas, despedidas de solteros, etc. que perturben el orden y las normas de la buena vecindad.
Para las discrepancias dimanentes del presente contrato, ambas partes se somenten a los Tribunales del lugar donde está ubicada la vivienda.